Sexología

Especial LGBTIQ

Especial LGBTIQ

¡No te pierdas el vídeo especial LGBTIQ al final del artículo si no tienes ganas de leer, o quieres saber más acerca de qué les preocupa a los adolescentes cuando comienzan a tener sexo! 

¿Qué significan las siglas LGBTIQ?

No podemos comenzar este especial LGBTIQ sin explicar qué significan estas siglas.

El término surgió en la década de los 90. Estas siglas han evolucionado a lo largo de los años. Al principio eran solo LGB, y en los últimos años se han incorporado nuevos conceptos para hacer referencia a otras identidades de género orientación sexual.

El término LGBTIQ+ está formado por las siglas de las palabras: lesbianagaybisexualtransgénerotransexualtravesti, intersexual y queer.

Al final se suele añadir el símbolo + para incluir todos los colectivos que no están representados en las siglas anteriores.

L – Una mujer lesbiana es aquella que se siente atraída por otra mujer.

G – Por otro lado, un hombre gay es aquel que se siente atraído por otro hombre. Tanto lesbianas como gais son homosexuales, porque se sienten atraídos por personas de su mismo sexo.

B – Una persona bisexual se siente atraída tanto por mujeres como por hombres. La atracción, en todos los casos, puede ser emocional, física o ambas.

T – La T engloba a varias categorías dentro del colectivo. Por un lado hace referencia a las personas transgénero. Son aquellas que nacen con genitales y características físicas que la sociedad identifica como masculinas o femeninas, pero que se siente del sexo contrario. Es decir, nacieron con el cuerpo de un hombre se identifican como mujer o al revés. Las transexuales son aquellas personas transgénero que se han medicado o incluso operado para cambiar de sexo. De ese modo, adecuan su cuerpo a como se sienten realmente. Por ejemplo, una chica trans es una persona que nació con cuerpo de chico y se ha tratado para tener cuerpo de chica.

I – Los intersexuales nacen con genitales de hombre y de mujer a la vez. Además algunos intersexuales tienen una combinación de cromosomas que impide asignarle un sexo concreto. Según las Naciones Unidas (ONU), un 1,7% de los recién nacidos son intersexuales. Hay tantos intersexuales en el mundo como personas pelirrojas.

Q – Queer significa raro en inglés. En el siglo XIX era un insulto para las persones homosexuales. Pero a finales de los años 80, los activistas a favor de los derechos de la comunidad LGBTIQ+ le dieron la vuelta y reivindicaron la palabra. Hoy en día, queer hace referencia a aquellas personas que quieren vivir libremente sin etiquetas, sin esconderse y sin ser discriminadas por ello.

+ El símbolo + hace referencia a las minorías dentro del colectivo LGBTIQ+, como las personas asexuales, las demisexuales o los pansexuales, entre otras.

Las personas asexuales son aquellas que tienen un bajo o nulo interés por el sexo. Las demisexuales necesitan conocer muy bien a otra persona para sentir atracción sexual. Los pansexuales y omnisexuales son aquellos que se sienten atraídos por otras personas independientemente de su género. Pueden sentir atracción por hombres y mujeres pero, a diferencia de los bisexuales, también por aquellas personas que no se identifican con un género en concreto. Es decir, que no se consideran ni hombres ni mujeres.

¿Por qué existen tantos prejuicios con respecto a este colectivo?

El prejuicio surge por una conveniencia, para discriminar, descartar o dominar a otras personas (o aceptarlas preferentemente).

Los prejucios son adoptados como verdades absolutas y al guiarnos por ellos estaremos ejerciendo algún tipo de violencia y/o discriminación sobre otras personas. No tendremos remordimientos, ya que creemos que nuestra idea es correcta y sin reflexionar si eso es bueno o malo, o si es una opinión objetiva o realmente subjetiva.

Para poder alejarnos de los estereotipos y roles de género establecidos socio-culturalmente, es importante conocer estos conceptos básicos que nos harán entender que todas las personas los poseemos, e interiorizar que intentar descifrar la identidad de género de una persona en base a cualquiera de ellos no nos será de utilidad, y muy probablemente no se corresponderá con la realidad.

 ¿Qué son los estereotipos?

Son construcciones socioculturales que conforman una imagen acerca de un grupo de personas. Los estereotipos atribuyen a las personas pertenecientes a un grupo una serie de características, cualidades y habilidades.

Los estereotipos de género definen el rol de una persona en función de su sexo asignado al nacer y, con ello, están estableciendo las metas y expectativas sociales tanto del hombre como de la mujer.

Un estereotipo de género es una forma de ideas preconcebidas sobre cómo deben actuar tanto los hombres como las mujeres. Los estereotipos de género afectan a la libertad de las personas, y pueden influir en su futuro.

 

GÉNERO

Tradicionalmente conocido como masculino o femenino, es la construcción psicosocial del sexo. Como construcción social, va cambiando a lo largo de la historia y de las culturas.

Es el conjunto de características sociales, culturales y psicológicas, que la sociedad asigna como propias a las personas, pero de forma diferenciada entre mujeres y hombres.

El género nos educa en la diferencia binaria, estableciendo relaciones asimétricas de poder, perpetuando los estereotipos, produciendo violencia y legitimando la opresión hacia las personas con identidades no normativas – identidades trans* –

¿Cuál es la diferencia entre identidad de género, expresión de género y orientación sexual?

IDENTIDAD DE GÉNERO

Es la vivencia interna e individual que nos autodefine como hombre, mujer o persona no binaria, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer.

Responde a la pregunta: ¿Quién soy? Una pregunta cuya respuesta solo la tiene la propia persona. Ni la familia, ni amistades, ni profesionales de la medicina, ni la sociedad en general, pueden predecir, diagnosticar o afirmar quiénes somos.

Es importante destacar que exactamente igual que todas las personas tenemos una identidad lingüística, deportiva, territorial, cultural… también, todas las personas tenemos una identidad de género. ¡NO solo las personas Trans*!

Si bien es cierto que las etiquetas sirven para diferenciarnos y que el objetivo debería ser “liberarnos de ellas” para interiorizar que todas somos personas, también es cierto, que, si lo vemos desde otro punto de vista más realista y aterrizado en la realidad actual, deberíamos poder ponernos cuantas etiquetas decidamos, sin que ello conlleve discriminación alguna ni falta de derechos humanos.

Teniendo en cuenta esta reflexión, en el caso de la identidad de género encontramos dos etiquetas o formas de diferenciación entre personas CIS y personas TRANS.

Personas CIS, son todas aquellas personas que se identifican con el sexo asignado al nacer

Personas Trans, son todas aquellas personas que no se identifican con el sexo asignado al nacer

ORIENTACIÓN AFECTIVO-SEXUAL

Preferencia afectiva y/o sexual de la persona, hacía personas de la misma o diferente identidad de género.

Puede ser heterosexual, homosexual, bisexual, asexual, demisexual, pansexual …

Responde a la pregunta: ¿Por quién siento atracción física y/o sexual? Al igual que con la identidad de género, esta pregunta solo la puede responder la propia persona.

Las personas trans al igual que las personas cis, pueden tener cualquier tipo de orientación afectivo-sexual (heterosexual, homosexual, bisexual, asexual…).

Es habitual que se confundan los conceptos identidad de género con orientación afectivo-sexual, ya que la mirada social asocia la orientación sexual con el sexo asignado al nacer, poniendo el foco única y exclusivamente en este aspecto y olvidando que nuestra identidad nada tiene que ver con nuestras características físicas.

Si tomamos como ejemplo a una mujer trans que siente atracción hacia los hombres, estamos hablando de una mujer heterosexual.

EXPRESIÓN DE GÉNERO

Forma que tiene cada persona de mostrarse al mundo.

Es un concepto muy relacionado con la apariencia física, como, por ejemplo; la vestimenta, el peinado, los complementos, etc.

Según la mirada social y momento histórico, puede ser considerada más femenina, masculina o andrógina.

Debido al constructo social entorno al género y los estereotipos, se siente la necesidad continua de “adivinar” la identidad y/o la orientación afectivo sexual de las personas en base a su expresión de género, para poder encasillarlas en el hetero-binarismo establecido, sin tener en cuenta que en ningún caso nuestra expresión de género determinará ni nuestra identidad ni nuestra orientación sexual.

¿Existen mecanismos legales para proteger la convivencia?

Por supuesto:

La Constitución Española de 1978 en sus artículos 10, 14, 15, 18 y 27 nos habla “De los Derechos y Deberes Fundamentales”

Art.10 La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

Art.14 Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Art.15 Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

Art.18 Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Art.27 La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

 

LEY ORGÁNICA 1/1996, de 15 de enero, DE PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR

Art.2 Interés superior del menor

Todo menor tiene derecho a que su interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que le conciernan, tanto en el ámbito público como privado. En la aplicación de la presente ley y demás normas que le afecten, así como en las medidas concernientes a los menores que adopten las instituciones, públicas o privadas, los Tribunales, o los órganos legislativos primará el interés superior de los mismos sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.

 PRINCIPIOS DE YOGYAKARTA

En el año 2006 un grupo de personas expertas en derechos humanos de 25 países diferentes se reunieron en Yogyakarta, Indonesia, para desarrollar un conjunto de principios internacionales relacionados con la identidad de género y la orientación afectivo-sexual.

El resultado del trabajo de estas personas fue la publicación de los Principios de Yogyakarta, guía universal sobre derechos humanos que fue relanzada en marzo del 2007, por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, reconociendo en su Preámbulo “las violaciones de derechos humanos, marginación, estigmatización y prejuicios, basadas en la orientación sexual y la identidad de género; se establece un marco de trabajo legal y se definen los términos clave”

Entre los 29 principios de los que consta esta guía universal, podemos destacar los siguientes:

Principio 1: El derecho al disfrute universal de los Derechos Humanos

Los seres humanos de todas las orientaciones sexuales e identidades de género tienen derecho al pleno disfrute de todos los derechos humanos.

Principio 2: Los derechos a la igualdad y a la no discriminación

La ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación.

Principio 16: El derecho a la educación

Toda persona tiene derecho a la educación, sin discriminación alguna basada en su orientación sexual e identidad de género, y con el debido respeto hacia éstas.

En 2009 la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA, siglas en inglés) exigió a los estados miembros que los programas escolares incluyeran las cuestiones de orientación afectivo-sexual e identidad de género, donde el colectivo LGTB aparezca representado con respeto y dignidad, que se proteja al alumnado contra episodios de acoso e intimidación por homofobia y que se proporcione a la juventud de diversas identidades sexuales la información necesaria para que no sientan discriminación.

Todas las legislaciones educativas recogen en sus preámbulos y en artículos específicos: “La atención a la diversidad […] como principio fundamental que debe regir toda enseñanza básica” al igual que “la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan la sociedad y el alumnado.

Tanto la Constitución Española como la LOE fijan como objetivos básicos de la educación secundaria en España dos aprendizajes que podríamos resumir de la siguiente manera:

APRENDER A SER Y APRENDER A CONVIVIR.

Aprender a ser: asumir la propia identidad, confiar cada persona en sí misma y en las otras, sentirse libre para el desarrollo de la personalidad, construir un juicio moral con las demás personas y buscar un sentido a la existencia.

Aprender a convivir: que progresen en sus relaciones sociales y afectivas, establezcan lazos de amistad, se incorporen en proyectos compartidos y sean capaces de trabajar en equipo.

Si tienes más dudas sobre este especial LGBTIQ u otros temas, puedes CONTACTAR conmigo.

Y si te has quedado con ganas de más, aquí puedes ver todos nuestros programas de sexualidad ?  https://tveocomarca.es/category/el-sexometro/

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